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Requisitos para emisión de Visa a ciudadanos con pasaporte de nacionalidad clasificados en Categoría “C” – Visa Consultada

 

En caso de que los (as) ciudadanos (as) posean visa estadounidense, canadiense o Schengen con una vigencia mínima de seis (6) meses, o que cuenten con residencia comprobada en la República de Panamá, podrán optar a una Visa Consular o sin Consulta emitida en esta Representación Diplomática, previa presentación de los siguientes documentos:

  1. Llenar el formulario, una vez sea aprobada la visa; el cual deberá de realizarse de manera presencial en la Sede de esta Representación Diplomática, cuyo documento es extendido  por la Sección Consular. 

  2. Comprobante de domicilio (recibo de servicios públicos).

  3. Carta de la Empresa, Organización y/o Institución en la cual labora, que detalle el tiempo de servicio, motivo de viaje y la duración del mismo. Dicha carta, debe de acompañarse con un documento que especifique el salario mensual. 

  4. Carta de invitación personal, en caso sea un viaje de turismo y/o personal, en la que se detalle la duración del mismo.

  5. Referencia bancaria.

  6. Certificado médico.

  7. Certificado de Antecedentes Penales o Policiales (Record Policivo).

  8. Presentar el pasaporte original y copia de la hoja de datos del referido documento, carnet de residencia panameña o copia de la visa estadounidense, canadiense o Schengen.

  9. Pago según el tipo de visa que la Sección Consular de esta Representación Diplomática le estará otorgando, cuyos valores se detallan a continuación: simple US $30.00 (una entrada) o múltiple US $60.00 (vigencia para un año).

  10. Una (1) fotografía tamaño carnet.

 

Los solicitantes que cumplan con todos los requisitos deberán programar su cita previa por medio de la siguiente plataforma: https://citaconsular.sreci.gob.hn/citaconsular/pages/layout/CitaConsular.php 

 

Así mismo, se recuerda que todo ciudadano que estará viajando a Honduras y haya permanecido más de 12 horas en Panamá, deberá portar su carné de vacuna contra la fiebre amarilla obligatoriamente, el cual será válido diez (10) días después de aplicársela. En ese sentido, para mayor detalle le recomendamos explorar el siguiente enlace: https://www.embahn-panama.com/requisitossanitariosymigratorios 

 

** Estas nuevas disposiciones entrarán en vigencia a partir del 19 de noviembre de 2017 y serán de aplicación inmediata, mismas que ya han sido comunicadas por la vía diplomática al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela.

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